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UN PASAPORTE PARA EL FUTURO
www.obufete.com | Santiago de Compostela La deseada reforma del Código civil español en materia de nacionalidad dió sus primeros pasos la semana pasada en el Congreso de los Diputados con la toma en consideración de las proposiciones de ley presentadas por los grupos parlamentarios de PSOE, PP e IU. Empiezan ahora los trámites para elaborar una Ley que regulará, esencialmente, las condiciones necesarias para ser reconocido como español. Sobra decir que, para la emigración gallega, el asunto es de especial importancia. En la actualidad, sobre todo en los países del entorno latinoamericano, tener la nacionalidad española es sinónimo de seguridad: para los mayores, porque supone el acceso a ayudas económicas y sanitarias que mejoran su precario nivel de vida; para los jóvenes, porque a la hora de procurar un futuro en Europa la obtención de la nacionalidad permite evitar la condición de extranjero y la consiguiente aplicación de las draconianas normas sobre inmigración. Las tres proposiciones de ley presentadas en el Congreso tienen en común la necesidad de reconocer la nacionalidad de los emigrantes que tuvieron que renunciar a la suya de origen, bien como a los hijos de emigrantes. Sin embargo, no se reconoce el derecho a la nacionalidad de los nietos, una de las reivindicaciones fulcrales del Consejo General de la Emigración (CGE). La proposición de ley presentada por el PSOE, con fecha de 9 de marzo de 2001, mejora las condiciones para que los españoles de origen recuperen su nacionalidad y la transmitan a sus hijos y cónyuges, pero también reserva un espacio importante para favorecer que los inmigrantes puedan acogerse a la nacionalidad española. El PP presentó su proposición de ley con fecha de 16 de marzo de 2001. Segú la exposición de motivos, la iniciativa pretende dar cumplimiento a los mandatos de la Constitución española, en concreto al artículo 42, donde se encomienda al Estado velar por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero, además de orientar su política hacia el retorno. Destaca que los hijos de españoles nacidos en España puedan optar por la nacionalidad española sin limite de edad alguno. La propuesta de IU, presentada el 26 de octubre de 2001, pretende simplificar la adquisición automática de la nacionalidad para aquellas personas que tengan una vinculación real con el país. También se modifican los requisitos de recuperación de la nacionalidad para aquellos que la hayan perdido propositadamente, sin someter esa recuperación a ninguna condición de residencia. El texto íntegro de las tres proposiciones de ley sobre alteración del Código civil en materia de nacionalidad puede ser consultado en línea en el siguiente Url: http://www.extranjeria.info/nacional/ref_nac.htm Emigrantes e inmigrantes: los dos ejes de la reforma.A pesar de que la situación de los emigrantes españoles y de sus descendientes, especialmente en Argentina, es el paño de fondo del trámite parlamentario, buena parte de las propuestas hacen referencia a la obtención de la nacionalidad española por parte de inmigrantes extranjeros instalados en España. En este sentido, parece que los debates se han desarrollado en dos planos. Por una parte la emigración, donde parece que existe mayor consenso entre las fuerzas políticas, y por otra la inmigración, donde las diferencias son grandes, especialmente entre el PP y las organizaciones del centro-izquierda. Indicamos a continuación cuales son las líneas maestras de cada una de las proposiciones, así como las intenciones y puntos de vista mostrados en el debate parlamentario. PSOE: Cónyuges y talvez nietosLa propuesta socialista destaca que son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles. Entre las personas que podrían optar a la nacionalidad se encuentran los que llevasen un año casados con español o española y non estuviesen separados legalmente o de hecho, o llevasen conviviendo en pareja de forma estable, libre, pública y notoria, en una relación de afectividad similar a la conyugal, con independencia de su orientación sexual, sin que ninguno de los convivientes esté unido por vínculo matrimonial en vigor, ni relación de parentesco en segundo grado de consanguineidad (...) siempre que prueben la convivencia a través de la inscripción en los registros especiíficos. También se reconocería este dereicho a los viudos o convivientes de españoles si en el momento de la muerte del cónyuge no hubiese existido separación legal o de hecho. Quien hubiese perdido la nacionalidad podrá recuperarla si declara ante el encargado del Registro Civil su voluntad de recuperarla e inscribe la recuperación en el Registro Civil. A pesar de que no se recoge en la proposición de ley, el diputado socialista Julio Villarrubia anunció en el Congreso que el PSOE llevará a debate la posibilidad de resolver el problema de la segunda generación, es decir, que los nietos de emigrantes españoles también puedan optar por la nacionalidad española. En su propuesta, también eliminan del Código civil el requisito de renunciar a la nacionalidad anterior para adquirir la española y el de residir en España, pues lo contrario hace inviable en la práctica la posibilidad de recuperar la propia nacionalidad. PP: Los hijos de las emigrantes, sí. Los nietos, no todavía.En la propuesta popular destaca que tienen derecho a optar por la nacionalidad española las personas que están o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español y tambén aquellas cuyo padre o madre fuesen originalmente españoles y nacidos en España. Quien hubiese perdido la nacionalidad podría recuperarla si es residente en España, si bien este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes. La adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal no es suficiente para producir la pérdida de la nacionalidad española de origen. Además, será suficiente un año de residencia para que accedan a la nacionalidad española los vi&udos y viúdas de españoles, si en el momento de morir el cónyuge no existise separación legal o de hecho, bien como para el nacido fuera de España de padre o madre que originariamente fuesen españoles. La residencia habrá de ser legal y continuada. El eje de la propuesta del PP, que será quien al cabo decida, pues cuenta con la mayoría absoluta en las Cortes, es que los hijos de padre o madre españois puedan optar a la nacionalidad sin límite de edad. Esto incluye a las mujeres casadas con un extranjero, que con la legislación actual no pueden ofrecer este derecho a sus hijos ya que perdían su propia nacionalidad y obtenían la de su marido. Esta situación es especialmente frecuente en la Argentina, donde los hijos nacidos de padre argentino y madre española nacidos antes del 20 de agosto de 1982 son argentinos y solo pueden optar por la nacionalidad española si son menores de 23 años, al existir un plazo de caducidad que termina dos años después de alcanzada la mayoría de edad. La reforma del Código civil permitirá superar esta discriminación por razón de sexo y edad, eliminando el plazo de caducidad de la opción para las personas hijas de padre o madre españois y nacidos en España. Sin embargo, el plazo preclusivo no desaparecerá en principio del texto del Código civil, manteniéndose para las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español y deseen optar a la nacionalidad española. Esto implicará que para las segundas generaciones la situación sea prácticamente idéntica a la actual. En la actualidad, la transmisión de la nacionalidad se realiza en forma directa, de padre a hijo. La única excepción es que el padre recupere la nacionalidad española transmitida por el abuelo, sin límite de edad, pero cuando el padre quiera transmitísela al nieto se encontrará con un atranco insalvable: solo se permite el trámite si el nieto es menor de 21 o 23 años segú el país. Por lo tanto, si un hijo de gallego recupera la nacionalidad española una vez que el nieto ya es mayor de edad, seguirá sin poder transmitirla. Así mismo, la propuesta del PP articula medidas para evitar la pérdida de nacionalidad y que la vonluntad expresa de querer conservar la nacionalidad por parte del español que reside en el exterior sea motivo suficiente para no perdela. Propone también que se facilite la recuperación de la nacionalidad, teniendo en cuenta que muchos españoles que emigraron tuvieron que optar por la nacionalidad del país de residencia. IU: Nacionalidad para los inmigrantesLa proposición de Izquierda Unida insiste en que son españoles los nacidos de padre o madre españois y los nacidos fuera de España de padre o madre que originariamente fuesen españoles. Será suficiente con la residencia de un año para el que en el momento de la solicitud llevase un año casado con español o española y no estuviese separado legalmente o de hecho, bien como para el viúdo o viúda de español o española, si en el momento de la muerte del cónyuge no existise separación legal o de hecho. En este último apartado se entenderá que tiene residencia en España el cónyuge que conviva con funcionario diplomático o consular español acreditado en el extranjero. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad y para recuperarla será suficiente con declarar tal vonluntad ante el encargado del Registro Civil y que inscriba su recuperación en el Registro Civil. BNG: los fines y los mediosEl Bloque Nacionalista Galego, a través del diputado Carlos Aymerich, manifestó su deseo de alcanzar un consenso, pero recordó que las demandas de los emigrantes no dependen únicamente de una reforma legal, sino que es necesario que esa vonluntad legislativa se traduzca también en un compromiso político y, sobre todo, presupuestario. No puede ser una ley de coste cero; reconocer derechos supone también habilitar medios para que esos derechos puedan materializarse, que puedan ser efectivos. Aymerich recordó que el BNG lleva desde 1998 advertiendo de la necesidad de elaborar una verdadera Ley de nacionalidad que haga posible su recuperación a los españoles y a sus descendientes en los términos más latos, compatibilizando la española con la del país de residencia. Hemos dicho respecto de la opción por la nacionalidad española que se elimine la discriminación por edad, que aún permanece, mayores de 18 años, y de género, y que el acceso se permita no solo a los hijos, sino también a nietos, como hacen los italianos. Además, las demandas de reforama non surgen únicamente de la Cámara. El CGE le demandó en reiteradas ocasiones al Gobierno una ley de nacionalidad y, por tanto, no solo una reforma puntual del Código civil, sino alguna cosa más, un estatuto de derechos y deberes de los españoles residentes en el extranjero. CiU y PNV. Europa y las autonomíasEl diputado Silva Sánchez, del grupo catalán, hizo hincapié en la necesidad de avanzar hacia un proceso de nacionalidad común de la Unión Europea. Margarita Uría, del PNV, destacó la importancia de que se recojan las posibles acepciones de un diferente status jurídico y político de un Estado autonómico. |
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